El Impuesto a la Renta Personal (IRP) grava las rentas de fuente paraguaya que provengan de la realización de actividades que generen ingresos personales y se clasifica en dos partes:
1- Rentas de Trabajo: rendimientos derivados de la prestación de servicios personales (salarios, honorarios o cualquier otra remuneración), se calcula sobre la renta neta (diferencia entre los ingresos y los gastos), con tasas de:
- 8% sobre la renta neta hasta Gs. 50.000.000.-
- 9% cuando la renta neta alcance Gs.50.000.001 hasta Gs. 150.000.000 .-
- 10% para rentas netas mayores o iguales a Gs. 150.000.001.-
Si una persona tiene ingresos en concepto de salarios, gourmet, bonificaciones, horas extras, gratificaciones, dietas, honorarios profesionales se convierte en contribuyente del IRP desde el día siguiente de haber superado el monto de Gs. 80.000.000 en el año, contados desde el 01 de enero de cada año.
Gastos Deducibles de la Renta de Trabajo:
Los egresos deducibles son las relacionados con la actividad personal o profesional; gastos de manutención personal y de familiares a cargo, siempre que estén relacionados a la alimentación, vestimenta, arrendamiento de vivienda y el mantenimiento de la misma; gastos realizados en el país o en el exterior que estén relacionados exclusivamente a la salud y a la educación; compra de un vehículo cada tres años y un inmueble cada 5 años.
Las donaciones son deducibles para el IRP siempre y cuando la donación sea a instituciones sin fines de lucro reconocidas por la autoridad competente, sea una entidad educativa, de beneficio público, religiosa, al estado, al cuerpo de bomberos, a sindicatos, a asociaciones y debe haber un recibo de dinero independientemente que la donación se haga por transferencia bancaria, la entidad donataria debería otorgar un comprobante.
2- Rentas y Ganancias de Capital: tasa única 8%
Son aquellas rentas en dinero o en especie, que provengan directa o indirectamente del patrimonio, de bienes o derechos, cuya titularidad corresponda al contribuyente, tales como:
- Alquiler de Inmuebles grava ingresos desde Gs. 1.-
- Venta de vehículos, más otros bienes muebles grava ingresos desde Gs. 20.000.001-
- Venta de acciones o cuotas de sociedades grava ingresos desde Gs. 1.-
- Cualquier premio, sorteo o concurso ganado en efectivo grava ingresos desde Gs. 500.000.-
- Regalos y herencias que sean en efectivo grava ingresos desde Gs. 1.-
- Venta de inmuebles grava ingresos desde Gs. 1.-
- Los dividendos, utilidades, excedentes y cualquier otro beneficio (excluidas las rentas gravadas por el IDU) grava ingresos desde Gs. 1.-
La declaración jurada del IRP se presenta en marzo de cada año de acuerdo al calendario perpetuo de la SET.
Si un contribuyente de IRP en el 2020 no llegó a un ingreso de Gs. 80.000.000, de igual forma presenta la declaración jurada pero no pago nada.e
Fuente: Ley N° 6380/2019, Decreto N° 3184/2019