¿Qué documentos debes exhibir en tu local comercial u oficina?

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Conocé que documentos y carteles deben estar visibles en tu oficina, local o espacio de trabajo y otros detalles para evitar pagar multas cuando se constate a través de las tareas de verificación, control y/o fiscalización de la SET, MTESS o de la Municipalidad.

A continuación, como contribuyente tiene la obligación de exhibir en un lugar visible en cada uno de sus establecimientos lo siguiente:

  • Constancia de RUC con los datos actualizados del domicilio, actividad económica, obligaciones fiscales y establecimientos (Art. 16 RG N° 79/2021).
  • Carteles que contengan indicaciones claras sobre las horas de principio y fin de la jornada laboral y los períodos intermedios de descanso en la jornada (Código Laboral Art. N° 206).
  • Una copia del último pago de la patente comercial (cada Municipio tiene su propia ordenanza).
  • En caso de estar inscripto en el Régimen de Turismo, la constancia de inscripción o renovación (Art. N° 5 RG 21/2019).
  • En caso de ser Agente de Retención el cartel identificatorio (Numeral 1) inciso e) Anexo RG 13/2019).
  • Información sobre “Medidas de higiene”. Los materiales gráficos y audiovisuales se encuentran disponibles en https://www.mspbs.gov.py/covid-19.php

Además, ten en cuenta estos puntos:

  1. Facilitar dispositivos para higienización de manos para el personal y público concurrente, más detalles https://www.mspbs.gov.py/dependencias/portal/adjunto/19206a-InstructivoparaLocalesComerciales.pdf
  2. Antes de alquilar un salón comercial u oficina verifique que el inmueble este al día con su impuesto inmobiliario, para facilitar el registro de tu negocio al municipio que pertenezca.
  3. Debes contar con comprobantes de ventas en tu establecimiento y estos deben estar vigentes (timbrado al día).
  4. No debes entregar comprobantes de venta por un monto menor al valor real de la operación o consignar en la copia un monto menor al comprobante original.
  5. Debes utilizar numeración correlativa en los comprobantes de venta, notas de remisión, notas de créditos y/o débito.
  6. No debes emitir y entregar comprobantes de venta, notas de remisión, notas de crédito y/o débito con errores u omitiendo requisitos preimpresos o de llenado.
  7. No debes trasladar mercaderías dentro del Territorio Nacional sin la nota de remisión o comprobante de venta correspondiente.
  8. Debes comunicar a la SET a través del Sistema Marangatú las facturas u otros comprobantes que anules dentro de tu negocio, de igual forma la numeración utilizada cuando vence el timbrado.

La aplicación de las sanciones prevista por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) por contravención va desde Gs. 50.000 a Gs. 1.530.000 según Decreto N° 5046/2021.

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