Impuestos Fiscales vs. Impuestos Municipales – ¿Cómo se calcula?

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Como buen emprendedor es necesario conocer la base de aplicación de los impuestos fiscales y municipales para la buena gestión empresarial y el pago justo de los impuestos. Cada negocio debe cumplir con una serie de obligaciones fiscales y municipales, es de suma importancia estar familiarizado para no confundirse en la maraña impositiva. El éxito o el fracaso de un negocio no depende de los impuestos que hay que pagar, pero el conocimiento de la fiscalidad sí puede ayudar al desarrollo y mantenimiento de una empresa, el descuido o desconocimiento del ámbito fiscal, conlleva muchas veces en el pago excesivo de impuestos.

Impuestos Fiscales: es el aporte que pagan las personas o empresas por las actividades económicas que realizan dentro del territorio paraguayo; en caso de la renta empresarial se paga por la ganancia que se obtiene por el desarrollo de las actividades comerciales, industriales o de servicios.

Impuestos Municipales: es el conjunto de tributos (impuestos, tasas y contribuciones) cuya administración se encuentra a cargo de las municipalidades. Las personas físicas y jurídicas que emprendan cualquier actividad industrial, comercial o de servicios necesitan el permiso del municipio a la cual pertenecen para el desarrollo de sus actividades y pagar impuesto a la patente comercial por el mismo.

¿Cómo se calcula la patente comercial?

Las empresas presentan cada año a la Municipalidad la copia del balance de su ejercicio anterior declarado a la SET, por tanto, la patente comercial se liquida sobre el valor de los bienes (activo – patrimonio) existentes en el municipio, restando el valor del activo de los bienes existentes en otros municipios, esto en caso de que una Casa Central cuente con Sucursales o Agencias en otros Municipios.

Cada municipio cuenta con su propia escala para el cálculo de la patente comercial, todas ellas acogiéndose a la Ley N° 881/81 y Ley N° 135/92 (este último modifica y actualiza disposiciones de la Ley N° 620/76). Ten a mano la ordenanza vigente en tu municipio para corroborar el monto que pagas anualmente y para tener conocimiento de las ventajas tributarias vigentes para las industrias, emisoras de radio y televisión, imprentas y publicaciones diarias y periódicas.

A continuación, a modo de ejemplo la tabla o escala para el cálculo de la patente comercial – Fuente: Ordenanza Municipal N° 45/2017 – Municipalidad de Lambaré.

Es decir, si mi activo (bienes o patrimonio) es de ₲ 100.000.000 me corresponde pagar ₲ 329.900 (cuota fija) + ₲ 112.000 (cuota variable), totalizando el impuesto a la patente comercial a pagar ₲ 441.900 en el año, dividida este monto en dos cuotas.

  • Cuota fija: ₲ 329.900 monto del tributo básico, fijarse en la planilla más arriba *rango n° 6.
  • Cuota variable: ₲ 112.000, a la diferencia que existe entre el límite inferior y el activo se le aplica la tasa del 0.28% (Ej.: 60.000.001 – 100.000.000= 39.999.999 x 0,28%), fijarse en la planilla más arriba *rango n° 6.

La Patente Comercial se paga semestralmente, la primera cuota vence en enero y lo que corresponde al 2° semestre en julio. En los casos de apertura de negocio la patente se abona por el semestre correspondiente a la apertura.

Resumiendo:

  • Renta Empresarial: grava la rentabilidad (utilidad – ganancia) de las empresas, por el desarrollo de sus actividades económicas, de vencimiento anual y con tasa del 10% – Impuesto a la Renta Empresarial (IRE).
  • Patente Comercial: grava el activo (patrimonio – bienes) de las empresas, por eso;

Chequea tu balance del ejercicio anterior y verifica si todo lo declarado en la parte de activo en verdad exista dentro de tu negocio; muchas empresas declaran dentro de su balance: caja abultadas (disponibilidad), mercaderías, materia prima, rodados, otros activos con la cual ya no cuentan físicamente o han perdido su año de vida útil, pagando altos impuestos por algo que ya no cuenta el negocio, organiza tu contabilidad y haz un buen inventario de tu activo, para no estar pagando impuesto por algo INEXISTENTE.

Para tener en cuenta;

Vencimiento para la Presentación de Balance – Cierre Ejercicio 2019.

  • Municipio de Asunción, hasta 30/09/2020 (prórroga por la pandemia).
  • Municipios de Gran Asunción, hasta 31/10/2020.

Para las otras ciudades del interior, verificar el vencimiento del mismo en la municipalidad que corresponda. En caso de presentación posterior al vencimiento, se aplicarán las multas correspondientes según la Ordenanza General de Tributos Municipales.

Además, son deducibles para el cálculo de la patente comercial lo siguiente: cuentas de orden, fondos de amortización, depreciación de bienes situados en el respectivo municipio y las cuentas nominales, cualquier duda al respecto, consulta con tu contador, asesor fiscal o escríbenos.

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